Actualidad · 1 jun 2026, 6:15 a. m.
El Gobierno volvió a postergar la actualización de impuestos sobre los combustibles
La medida aplaza hasta julio la aplicación de incrementos pendientes en tributos que gravan la nafta y el gasoil; el diferimiento alcanza ajustes acumulados de 2024, 2025 y 2026
El Gobierno volvió a postergar la aplicación de aumentos pendientes en los impuestos que gravan los combustibles líquidos y el dióxido de carbono. A través del Decreto 405/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, dispuso que los incrementos acumulados correspondientes a actualizaciones de 2024, 2025 y del primer trimestre de 2026 comenzarán a regir desde el 1 de julio.
La medida alcanza a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil y extiende por un mes más un esquema de diferimientos que se viene aplicando desde 2025.
El Poder Ejecutivo modificó el Decreto 617/2025, que había establecido que parte de los incrementos pendientes entrarían en vigencia a partir de este lunes, mediante un documento firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Caputo.
Los impuestos sobre los combustibles líquidos y sobre el dióxido de carbono se calculan mediante montos fijos en pesos por unidad de medida. La legislación vigente establece que esos valores deben actualizarse de manera periódica en función de la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Indec.
Los montos correspondientes a esos tributos se actualizan en enero, abril, julio y octubre de cada año. Para cada ajuste se toma como referencia la variación del IPC correspondiente al trimestre calendario inmediatamente anterior. Además, el régimen vigente determina que los nuevos valores comienzan a tener efectos sobre los hechos imponibles desde el primer día del segundo mes posterior a la actualización.
Sin embargo, en el decreto se señala que los efectos de esos incrementos fueron diferidos en sucesivas oportunidades mediante distintas normas dictadas desde 2025. Esos aplazamientos alcanzaron tanto al impuesto sobre los combustibles líquidos como al dióxido de carbono aplicables a las naftas y al gasoil.
La modificación publicada este lunes extiende hasta el 30 de junio el período durante el cual continuará vigente el esquema actual. De ese modo, los aumentos que aún permanecían pendientes por las actualizaciones correspondientes a los años calendario 2024 y 2025 no comenzarán a aplicarse en junio, como estaba previsto hasta ahora.
A su vez, la medida incorpora al nuevo diferimiento los incrementos derivados de la actualización correspondiente al primer trimestre de 2026. De acuerdo con los considerandos de la norma, esos ajustes también hubieran comenzado a surtir efectos desde este lunes, pero quedaron incluidos en la postergación definida por el Poder Ejecutivo.
Entre los fundamentos de la medida, el Gobierno sostuvo que la decisión apunta a continuar impulsando el crecimiento de la economía dentro de un esquema de sostenibilidad fiscal. Con ese argumento, consideró necesario diferir nuevamente la aplicación de los incrementos remanentes vinculados a las actualizaciones previstas en la legislación vigente.